Reglamento europeo sobre el almacenamiento de gas

 

Reglamento europeo sobre el almacenamiento de gas

La UE ha adoptado el 27 de junio un Reglamento destinado a garantizar que las capacidades de almacenamiento de gas en la UE se llenen antes de la temporada de invierno y puedan compartirse entre los Estados miembros en un espíritu de solidaridad, a pesar de las perturbaciones en el mercado del gas.

Se trata de un paso importante para reforzar la seguridad del suministro energético de la UE en el contexto de la guerra en Ucrania.


El Reglamento establece que el almacenamiento subterráneo de gas en el territorio de los Estados miembros debe llenarse al menos al 80% de su capacidad antes del invierno de 2022/2023 y al 90% antes de los siguientes períodos de invierno.
Dado que las capacidades de almacenamiento de gas y las situaciones nacionales varían mucho, los Estados miembros podrán cumplir parcialmente el objetivo de almacenamiento contando las existencias de gas natural licuado (GNL) o combustibles alternativos.
En España, Enagas (operador del sistema gasista español) dispone de 3 grandes depósitos de gas que junto al gas licuado almacenado en las diferentes plantas regasificadoras y la red de gaseoductos forman las reserva estratégica de gas de nuestro país.


https://www.consilium.europa.eu/en/press/press-releases/2022/06/27/council-adopts-regulation-gas-storage/?utm_source=dsms-auto&utm_medium=email&utm_campaign=Council+adopts+regulation+on+gas+storage

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