Ciberseguridad de las instituciones de la UE
En un año de elecciones europeas con previsibles campañas de desinformación por parte de los enemigos de la UE, el 7 de enero entró en vigor el nuevo Reglamento europeo sobre ciberseguridad por el que se establecen medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en las instituciones, órganos y organismos de la Unión.
El Reglamento también crea un nuevo Consejo Interinstitucional de Ciberseguridad (CIIC) para supervisar y apoyar su aplicación y proporciona un mandato ampliado al Servicio de Ciberseguridad para las instituciones, órganos y organismos de la Unión (CERT-UE) como centro de información sobre amenazas, intercambio de información y coordinación de la respuesta a incidentes.
El presente Reglamento se ajusta a los objetivos políticos de la Comisión establecidos por la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad y la Estrategia de Ciberseguridad de la UE, y garantiza la coherencia con otras iniciativas legislativas en el ámbito de:
- La Directiva relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión (SRI 2), con la que esta legislación se ajusta en términos de principios y nivel de ambición, respetando al mismo tiempo las especificidades de las entidades de la Unión;
- El Reglamento de Ciberseguridad;
- La Recomendación de la Comisión sobre la respuesta coordinada de la UE a los incidentes y crisis de ciberseguridad a gran escala.
https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_23_6782
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