El espacio Schengen en el contexto actual

El espacio Schengen y cuatro libertades en el contexto actual

En el escenario actual, es de gran importancia tener en cuenta la diferenciación entre los términos de las cuatro libertades de la ciudadanía europea; la libre circulación de trabajadores, de servicios, mercancías y de capitales, por una parte, y el espacio Schengen por otra.

Con la aprobación y entrada en vigor del Tratado de Maastricht en 1993, se aprueba el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, donde se reconocen  una serie de derechos a los ciudadanos europeos entre los que se encuentran la libertad de residencia y la libre circulación por todos los Estados Miembros de la Unión. Este conjunto de derechos se ha ido desarrollando a medida que ha evolucionado y se ha ido constituyendo el Mercado Interior, que engloba las cuatro libertades, entre las que se encuentra la libre circulación de trabajadores. La libre circulación como trabajador/a existe desde la creación de las Comunidades Europeas en 1957, y forma parte del derecho más general, que es la libre circulación de personas. Por su parte la libre circulación de trabajadores se regula principalmente por el artículo 45 y siguientes del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, no se debe confundir entre la libre circulación de personas, derecho que le corresponde al ciudadano de la Unión Europea  desde que existe la ciudadanía europea como concepto con el Tratado de Maastrich, y  la libre circulación de trabajadores. Este último derecho pertenece al Mercado Único que es una materia compartida entre la Unión y los Estados Miembros.

Por otra parte, el Espacio Schengen, es un Acuerdo por el que se armoniza el control fronterizo, eliminando los controles situados entre las fronteras de los Estados Miembros o el control en fronteras interior, para que este control pase a terceros Estados, instaurándose así en las fronteras exteriores. El Espacio Schengen no hace referencia a la libre circulación de personas, derecho que no se ha suspendido nunca, si no al control en las fronteras. Otra de las acciones que conlleva Schengen es la cooperación policial y judicial entre los Estados Miembros, en las bases de datos y el visado Schengen , agilizando así la llegada de turistas en el seno de la Unión Europea.

Hay  ocasiones en las que se puede suspender el Espacio Schengen como cuando existen motivos relacionados con la seguridad pública, por ejemplo, en el caso de los atentados terroristas en Francia en 2015. Otra de las causas por las que se puede ver suspendido es por motivos de sanidad pública, siendo este el caso actual. A diferencia de lo que se suele pensar, la suspensión de Schengen se lleva a cabo de manera relativamente habitual, por diferentes razones como pueden ser grandes eventos deportivos, o eventos como la Cumbre del Clima en Madrid, donde se requieren controles debido al gran numero de personas que viajan, y con el objetivo de establecer un mayor control en este tipo de situaciones.

Existen diferentes procedimientos para llevar a cabo la suspensión; el primero de ellos, cuando se trata de una circunstancia prevista, se realiza comunicando a la Unión Europea la duración y la circunstancia especial por la que debe estar suspendido en el Estado o Estados Miembros precisos, y publicándose en el Diario Oficial de la Unión Europea. El segundo caso, como puede ser en el de los ataques terroristas, se levantó Schengen sin previo aviso, debido la imprevisibilidad de la situación.

Desde la creación del Espacio Schengen, ha habido países que han estado fuera de él; unos por no cumplir los requisitos de seguridad que se establecen en el Tratado, siendo este el caso de Rumanía y Bulgaria, y otros por no querer ser parte del Espacio, como Reino Unido.

Para comprender el contexto actual de pandemia global, es importante tener en cuenta que las cuatro libertades no se han suspendido, si no que lo que se ha llevado a cabo, por primera vez en la historia de la Unión Europea, es el cierre de fronteras a terceros Estados, pero no en el seno de la propia Unión. Un hecho es que se ha permitido regresar a ciudadanos europeos a sus países de origen, pero se ha cerrado el espacio instaurando un mayor control en las fronteras exteriores, reforzando así las interiores.

Este hecho supone un avance importante, ya que se trata de la primera vez que se toma esta medida de cierre de fronteras exteriores de manera común y unánime por los Estados Miembros  que forman parte del Espacio Schengen.

Bibliografía

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